El Ayuntamiento de Carral, condenado por despedir a una embarazada

La mujer trabajaba como falsa autónoma 
 

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Ayuntamiento de Carral a la inmediata readmisión de una empleada embarazada, que estuvo años trabajando como falsa autónoma, y a abonarle los sueldos que dejó de cobrar, así como una indemnización, ha informado la CIG.

Según asegura el sindicato, el alto tribunal gallego ha declarado la nulidad del despido de la empleada del servicio informático del Ayuntamiento por considerar que se vulneraron los derechos fundamentales de la trabajadora al ser despedida por haber reclamado que se le reconociese la relación laboral con la Administración local.

Los hechos se remontan a finales del 2017, cuando la mujer, estando embarazada y de baja médica, decidió iniciar una reclamación administrativa para que el Ayuntamiento le reconociese la relación laboral, pues trabajaba desde 2011 con un contrato de autónoma. El Gobierno municipal, según indica la CIG en un comunicado, rechazó reconocerle la condición de personal asalariado y le comunicó que prescindía definitivamente de sus servicios.

En ese momento, la trabajadora presentó una denuncia en el Juzgado de lo Social que determinó que existía relación laboral y calificó el despido de improcedente. Sin embargo, la central sindical recurrió la sentencia en el TSXG, que sí entiende que hubo una vulneración de derechos por dos motivos: por ser despedida estando embarazada y por haber comunicado el despido justo después de que presentase la reclamación administrativa y una denuncia en la inspección de trabajo. 

Comentarios