Condenado a nueve años de prisión el abogado vigués que introdujo heroína por Caldas

Todos los procesados, una docena, han sido condenados por un delito contra la salud pública, y de ellos, a cinco también por pertenencia a grupo criminal.
Vista del juicio contra los doce acusados de integrar una organización que en 2017 intentó introducir en Galicia 60 kilos de heroína. SALVADOR SAS (EFE)
photo_camera Vista del juicio contra los doce acusados de integrar una organización que en 2017 intentó introducir en Galicia 60 kilos de heroína. SALVADOR SAS (EFE)

La Audiencia de Pontevedra ha condenado a nueve años y medio de cárcel al abogado vigués Manuel E.M. como supuesto cerebro de una organización que introdujo 60 kilos de heroína en Galicia en agosto de 2017 y negoció otro de cocaína desde Colombia, pero que no llegó a cristalizar.

Todos los procesados, una docena, han sido condenados por un delito contra la salud pública, y de ellos, a cinco también por pertenencia a grupo criminal.

Las penas oscilan entre los nueve años y medio para el abogado Manuel E.M. y para el otro cabecilla, Juan Jesús V.P., ambos con antecedentes por narcotráfico, y los cuatro años y medio.

Además, impone a todos ellos multas, en algunos casos de hasta nueve millones de euros.

El objetivo era concertar un envío por mar de un alijo de cocaína que se acabó frustrando

Figuran en esta lista tanto colaboradores y allegados de Juan Jesús V.P. como ciudadanos búlgaros que bien gestionaron o realizaron el transporte de la droga desde su país hasta Caldas de Reis.

A estos últimos, la Audiencia de Pontevedra los exime del delito de pertenencia a organización criminal.

No han valido las declaraciones exculpatorias de varios procesados respecto a Gardenia C.V., amante de Juan Jesús V.P., quien finalmente ha sido condenada con la menor de las penas, cuatro años y medio de prisión, al igual que el ciudadano búlgaro Vlado S.A.

En cambio, la confesión de los hechos les ha valido a Daniel V.A., Iván Manuel M.P. e Iván D.Y. para ver reducida de forma ostensible la condena que en principio pedía el fiscal: de once años a siete años y tres meses, seis años y medio y seis años, respectivamente.

La Audiencia considera como hechos probados que Manuel E. M. y Juan Jesús V.P. realizaban las funciones de coordinación y dirección de la organización, y que de ellos, el primero ocupaba "una posición superior" porque "tenía la capacidad de decisión respecto de la forma de llevar a cabo las negociaciones".

Según consta en la sentencia, ambos mantenían reuniones personales en el despacho profesional del abogado y se encargaban de los contactos, a través de distintos medios telemáticos, con proveedores extranjeros, así como de participar en reuniones personales con alguno de los miembros de la organización colombiana.

El objetivo era concertar un envío por mar de un alijo de cocaína que se acabó frustrando.

Más adelante, iniciaron las gestiones para el envío de 60 kilos de heroína que llegaron en un compartimento oculto habilitado en un camión que recorrió media Europa, y que descargó en una nave industrial de Caldas de Reis.

Allí fueron detenidos la práctica totalidad de procesados, excepto el abogado Manuel E.M., a quien dos coimputados situaron en ese lugar horas antes de que concluyera el operativo policial, lo que les ha valido para ver reducidas sus penas.

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