Condenado un septuagenario de Bueu por abusar sexualmente de un discapacitado

El juez considera probado que el acusado, de 77 años, se aprovechó de su víctima, de 29

Audiencia Provincial. GONZALO GARCÍA
photo_camera Audiencia Provincial. GONZALO GARCÍA

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un septuagenario a una pena de dos años y medio de prisión, tres más de libertad vigilada y al pago de una indemnización de 10.000 euros. El tribunal le considera autor de un delito de abusos sexuales cometidos contra un hombre con discapacidad, pero entiende que en la sesión plenaria no quedó acreditado el segundo de los delitos que se le atribuía, agresión sexual, por lo que optó por absolverle del mismo.

El dictamen explica que el acusado conocía "y se aprovechaba" de las limitaciones psíquicas de la víctima, que desconocía el significado de las relaciones sexuales al padecer "retraso madurativo y cognitivo, lo que le hace muy vulnerable, complaciente y fácilmente manipulable".

La sentencia detalla que entre 2015 y 2016, el procesado, "en múltiples ocasiones y con el ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, buscó a la víctima, a quien convencía con la entrega de alguna moneda o chucherías, para que fuese con él a zonas escondidas de Bueu, donde le realizaba tocamientos en los genitales, le pedía que se los realizase a él y se masturbaba". El juez añade que "otras veces, el acusado invitaba a la víctima a que subiese a su vivienda o para ir al monte, a lugares en los que, aprovechando que estaban solos, llevar a cabo las mismas prácticas sexuales".

La Audiencia le impone una pena de dos años y medio de prisión, tres más de libertad vigilada y al pago de una indemnización de 10.000 euros

El tribunal, sin embargo, considera que "no ha quedado acreditado que en alguna ocasión hubiera penetrado a la víctima", hechos por los que el fiscal pedía nueve años de cárcel y la acusación particular 14.

La Sección Segunda, que sí dio por bueno el testimonio de la víctima en relación con los relatados episodios de abusos, dudó de la veracidad de la declaración en la que relataba las presuntas agresiones. Lo hizo debido a que el joven no mantuvo el mismo discurso en las distintas preguntas que le formularon sobre ello durante el juicio. "Cambió su afirmación inicial de que había sido en distintos sitios y en varias ocasiones, para sostener que solo le tocaba por delante, que el día de la casa le "dio por detrás" pero que esto solo fue ese día, ningún otro más", explica la sentencia, que añade que la víctima "dijo que nunca había mantenido una relación sexual".

El juez tiene muy en cuenta las características psíquicas del testigo, y señala que la falta de credibilidad subjetiva "sin anular el testimonio, lo debilita".

Distinta opinión tiene el tribunal respecto a los tocamientos. En el relato del joven sobre los mismos se dan "persistencia en la incriminación" y "corroboraciones periféricas de carácter objetivo", lo que refuerza la acusación.

La sentencia también incluye una orden de alejamiento.

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