Condenan a una multa a un maltratador por intimidar a su víctima en Marín

El hombre se acercó a una cafetería donde se encontraba la mujer, quebrantando deliberadamente una orden de alejamiento

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha otorgado firmeza a un dictamen emitido por el Juzgado de lo Penal 4 de A Parda que condena a un individuo a una multa de más de 2.000 euros por un delito de quebrantamiento de condena, después de saltarse una orden de alejamiento de una mujer que pesaba sobre él por unos hechos ocurridos con anterioridad.

El episodio que desemboca en la actual sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, se produjo en noviembre de 2016, unos meses después de que entrase en vigor la orden de alejamiento dictada de forma cautelar por el Juzgado de Instrucción 2 de Marín.

"El acusado se acercó al exterior de una cafetería de la localidad de Marín cuando la víctima se hallaba en su interior, permaneciendo en la calle a una distancia inferior a 150 metros de la mesa en la que ella estaba sentada", relata la sentencia, que apunta que estaba "haciendo gestos hacia ella y mirándola, y ello a pesar de la prohibición y con conocimiento de que la estaba desobedeciendo, provocando que se sintiese intimidada".

El recurso que interpuso el procesado ante la Audiencia se centró en poner en tela de juicio los testimonios de las personas que aportaron datos sobre lo sucedido. El Tribunal Provincial desestimó todas las alegaciones y confirmó punto por punto la sentencia.