Más de 400 firmas de la provincia están obligadas a presentar un plan de igualdad

Las de más de 50 trabajadores deben garantizar "la igualdad de trato y oportunidades" entre ambos sexos ▶Los primeros deben ser aprobados en marzo ▶Las multas llegan a los 187.515 euros
Una mujer en una tienda durante la celebración del Día de la Mujer. JAVIER CERVERA-MERCADILLO
photo_camera Una mujer en una tienda durante la celebración del Día de la Mujer. JAVIER CERVERA-MERCADILLO

Casi 40 empresas del municipio están llamadas a elaborar un plan de igualdad para garantizar "la igualdad de trato y de oportunidades" entre mujeres y hombres en todos los procesos de la sociedad, desde la selección de personal al pago de nóminas. Otra de sus máximas es "eliminar la discriminación por razón de sexo", que también persigue volatilizar las desigualdades de género.

La obligatoriedad de aprobar este tipo de planes se desprende del Real Decreto-Ley 6/2019 de Medidas urgentes para garantía de la igualdad en el empleo y la ocupación, aprobado el pasado 1 de marzo. La norma introdujo modificaciones en la Ley de Igualdad y una de las más importantes es que se reduce de 250 a 50 el número de personas en plantilla que debe tener una empresa para aprobar la negociación de un plan de igualdad.

En el municipio hay 38 firmas con más de 50 asalariados (según los datos publicados en 2017, los más recientes) y en la provincia 429 (según el registro publicado en 2018 por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Todas ellas deberán constituir una "comisión de igualdad", que se encargará de realizar el diagnóstico de la situación actual de la empresa, de aprobar el propio plan y de "sensibilizar a la plantilla", informa a este periódico Maider Blanco, directora de la Fundación Nortempo (perteneciente a la firma Nortempo, dedicada a los recursos humanos y el trabajo temporal).

SALARIOS. El plan comienza con la identificación de las situaciones de desigualdad o discriminación, incluyendo la evaluación de las condiciones de trabajo de ambos sexos, las circunstancias de conciliación, las posibilidades de promoción profesional y las retribuciones. Esto último implica, además, un registro con los valores de los salarios, al que podrán acceder los trabajadores a través de sus representantes sindicales.

El proceso continúa la definición de objetivos, el diseño de las medidas a adoptar y un cronograma con la ejecución de las mismas. Eso sí, según advierte Blanco, "no se trata de realizar el Plan porque así lo exige la Ley", sino que para que realmente sea efectivo "tiene que haber una concienciación real de la necesidad de que exista y una integración de las medidas en todas las áreas de la empresa".

El plazo para aprobar el plan de igualdad oscila en función del tamaño de la plantilla. Las más grandes tendrán menos tiempo, de modo que las firmas con más de 150 trabajadores tendrán como tope el 7 de marzo de 2020, las de entre 100 y 150 el 7 de marzo de 2021 y las de entre 50 y 100 el 7 de marzo de 2022.

El no cumplimiento de esta obligación supondrá una sanción grave para la empresa que, según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Lisos), podrá alcanzar hasta los 187. 515 euros.

Las empresas deberán inscribir su plan en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, dependiente de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo. Las medidas comprometidas deben quedar plasmadas en papel aunque según incide la directora de Nortempo, lo importante es que "haya una concienciación de los beneficios que traen consigo (la igualdad), como la mejora del clima laboral, el refuerzo la RSC (Responsabilidad Social Corporativa) y la mejora de los procesos de gestión de las personas".

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