La oposición de Sanxenxo no podrá debatir la reprobación de Daniel Arosa

El Pleno abordará el cambio de modelo del Servizo de Axuda no Fogar, que pasará a ser gestionado a través de una empresa
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photo_camera Concentración de los afectados por la medida. JAVIER CERVERA-MERCADILLO

f.s.

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SANXENXO. El estado de alarma impidió la celebración de los dos plenos en marzo que tendrán lugar el 9 (13.00 horas). Ambos serán presenciales, pero con limitación del 40% de aforo, lo que implica que la capacidad del salón será de 32 personas, 21 son los concejales y técnicos, y 11 vecinos.

El Goberno local abordará el cambio de modelo del Servizo de Axuda no Fogar, que implicará el paso de la gestión directa municipal a indirecta, a través de una empresa. «La modificación se basa en un estudio externo especializado que incide en la necesidad de buscar una alternativa que permita ampliar las horas de atención y evite el desbordamiento que, en la actualidad, sufre el servicio y mejorar la atención, argumenta.

El documento refleja la ampliación de la prestación a 52.727 horas, casi el doble de 2019. La propuesta elimina lista de espera actual. Su presupuesto es de 1.135.916 euros y la duración del contrato es de cinco años, tres iniciales y dos prórrogas.

El Concello resalta que este servicio «sufre importantes carencias desde hace años», y recuerda que la técnica del SAF «ya alertaba en sus periódicos informes de las deficiencias y desbordamiento del servicio». También apunta que en 2018 se aplicaron una serie de mejoras que eliminaron las listas de espera, «pero ahora estas ya no son suficientes y el incremento de la demanda de este servicio hace necesario el cambio a una gestión indirecta», argumenta el Ejecutivo presidido por Telmo Martín.

La oposición no podrá llevar a cabo la reprobación del concelleiro de Servizo Sociais, porque el alcalde rechazó la inclusión de este asunto argumentando que la legislación local no admite la figura de la reprobación, que si está contemplada en los parlamentos autonómicos y en las dos cámaras legislativas.

Por otra parte, agrega que la competencia para delegar o recuperar la gestión de las distintas áreas de gobierno es exclusiva del alcalde y, por tanto, el Pleno no es competente para hacerlo.

Agrega Telmo Martín que «otra cosa distinta, sería que quieran promover una moción de censura contra el alcalde, en cuyo caso la competencia residiría en el Pleno» y que nada les impide expresen las razones que avalarían que el edil no es idóneo para su cargo.

«Según ellos, porque quiere utilizar la figura de la gestión indirecta, contemplada en el artículo 15 de la Ley de Contratos del Sector Público para mejorar la calidad y la cobertura del SAF», apunta el regidor de Sanxenxo.

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