El Grupo Profand continúa sin responsabilizarse de la muerte de José Vicente Pazos

Tras el juicio de este lunes, la empresa y la familia tendrán que presentar un alegato para dictaminar una sentencia
La viuda, Sandra Patricia Arias. GONZALO GARCÍA
photo_camera La viuda, Sandra Patricia Arias. GONZALO GARCÍA

El trágico final del Senefand 1 en aguas de Senegal continúa sin tener un responsable. Y es que la empresa viguesa, Profand, propietaria del barco que acabó hundido en aguas senegalesas y que causó la muerte de tres personas, entre ellas el patrón marinense José Vicente Pazos Martínez, negó este lunes en juicio tener responsabilidades en el asunto.

Tras anunciar la asada semana la intención de reclamar unos 400.000 euros de indemnización por la muerte de su marido, la viuda del patrón y su familia tendrá que esperar aún más días para conocer el final de esta trágica historia. Durante la mañana del lunes se celebró en el Xulgado do Social número 1 de Vigo el juicio pertinente al caso, en el que se esperaba determinar la responsabilidad del siniestro y fijar las correspondientes indemnizaciones.

En el juicio, que se alargó desde las 9.00 hasta las 14.45 horas, la jueza intentó que ambas partes llegasen a un acuerdo, en el que la empresa pesquera, Profand, y los seguros pertinentes deberían indemnizar a la familia de José Vicente Pazos Martínez con 200.000 euros, la mitad de lo que reclamaba la viuda, Sandra Patricia Arias.

Por otra parte, los seguros quisieron tomar distancias con el caso al alegar que el informe presentado por el Ministerio de Fomento sobre el accidente tenía algunos errores y que no valía en la práctica. Xabier Aboi, secretario comarcal de la FGAMT-CIG de Pontevedra, que estuvo presente en el juicio, explicó que "quedou claro que os dos seguros tiñan técnicos que non tiñan nin idea do que era un barco e que Profand confirmou que era culpa do morto, que eles non tiñan nada que ver e que o barco non era deles. É algo bochornoso e unha miseria persoal".

La jueza dictaminó que ambas partes tendrán un plazo de tres días para presentar un alegato por escrito para poder dictaminar una sentencia clara.

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