Opinión

Proporcionalidad

LA proporcionalidad, al medir la participación o concurrencia en agresiones y reyertas, fue siempre tenida en cuenta por el Código Penal para establecer el grado de responsabilidad de los intervinientes, pero quizá nunca tanto como ahora, en que algunas determinaciones de los tribunales alteran la norma, escorándola. Antes de que el ciudadano de bien opte por defenderse, haciendo uso de la legitimidad que le corresponde, debe muy bien mirar cómo lo hace y que avíos utiliza para repeler la agresión del delincuente/agresor, como si fuese necesario intuir o preguntarle que arma utiliza para no incurrir en desigualdad. Como si ese instante fuese el apropiado para medir disquisiciones y no un trance improvisado y forzado tendente a salvar el pellejo o la propiedad que le es violada. Como es seguro que el ladrón o el agresor va siempre proveído, para eso es un 'profesional', ¿cómo puede exigírsele a la víctima que no se guarde con lo que tenga a mano, sea o no equilibrado? Lo contrario es ser garantista con el que transgrede la regla y no con el que está en su derecho de protegerse. Hacerlo así es vulnerar derechos de la legítima defensa, salvando excepciones que pueda haber.