Señalado para el 22 y el 23 de enero el juicio por el presunto 'enchufe' de la cuñada de Silva

La Fiscalía pide 8 años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de Vigo y otros 7 para el gerente de una concesionaria 

Juzgados de Vigo. ADP
photo_camera Juzgados de Vigo. ADP

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha señalado nueva fecha para el juicio por el supuesto enchufe de la cuñada de Carmela Silva en una concesionaria municipal del Ayuntamiento de Vigo, y la vista se celebrará los próximos 22 y 23 de enero. 

En este juicio, que inicialmente había sido fijado para mayo pero se aplazó por problemas de agenda de uno de los abogados, se sentarán en el banquillo de los acusados el funcionario Francisco Javier G.O., y el que era gerente de la empresa Imesapi, Ramón C.A., para quienes la Fiscalía reclama 8 y 7 años de prisión respectivamente. 

El Ministerio Público considera que este funcionario, jefe del departamento de Participación Ciudadana, "ideó un plan" para dar trabajo a Vanessa F.B., "mujer muy afín a un miembro del gobierno local". Así, sostiene en su escrito de acusación que Francisco Javier G.O. requirió a Imesapi para que emplease a esta persona, a pesar de que esta empresa (concesionaria de los servicios de atención y conserjería en los centros cívicos municipales) no necesitaba a más personal. 

La Fiscalía también solicita que los acusados indemnicen al Ayuntamiento con 108.147,22 euros por el coste de las encuestas facturadas

Para que Imesapi pagase el salario a Vanessa, "ambos acusados idearon un plan" por el que la empresa facturaba al Ayuntamiento diversas cantidades a través del "uso fraudulento" del procedimiento de contratos menores, para la realización de unas encuestas de calidad. Según la Fiscalía, esas encuestas fueron realizadas, aunque no por la empresa, pese a lo cual Imesapi elaboró las facturas de forma "mendaz" y las cobró. 

La acusación pública considera, por estos hechos, que Francisco Javier G.O. incurrió en los delitos de prevaricación, malversación y falsedad en documento mercantil. Por el primero de ellos, pide que sea condenado a 10 años de inhabilitación; por el segundo, reclama una pena de 5 años de cárcel y 20 años de inhabilitación absoluta; y por la falsedad documental, pide la condena de tres años de prisión y multa de 10.800 euros. 

Además, entiende que Ramón C.A. es cooperador necesario en los delitos de malversación y falsedad y pide que sea condenado a 4 años de prisión e inhabilitación absoluta durante 20 por el delito de malversación; y tres años de prisión y 10.800 euros de multa por el delito de falsedad documental. También reclama que ambos acusados indemnicen al Ayuntamiento en 108.147,22 euros por el coste de las encuestas facturadas.

ACUSACIÓN POPULAR. En esta causa, la acusación popular es ejercida por la asociación Xuntos por Galicia, que fue la que presentó la denuncia por el supuesto 'enchufe' de Vanessa F.B. En su caso, acusa a Francisco Javier G.O., y a Ramón C.A. de los mismos delitos que la Fiscalía, aunque pide penas más severas. 

Así, reclama que el funcionario sea condenado a 15 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación; a 8 años de cárcel y 20 de inhabilitación por un delito continuado de malversación; y a 5 años de cárcel, otros cinco de inhabilitación y multa de 18.000 euros por un delito de falsedad. 

Para Ramón C.A., reclama la pena de 8 años de prisión y 20 de inhabilitación por un delito continuado de malversación; y a la pena de 5 años de cárcel, otros cinco de inhabilitación y multa de 30.000 euros por un delito de falsedad documental. También demanda que ambos indemnicen al Ayuntamiento.

INSTRUCCIÓN Y ARCHIVO. Durante la instrucción de esta causa, fueron investigados tanto los dos acusados como la propia Vanessa F.B.; el concejal de Participación Ciudadana, Santos Héctor Rodríguez; los interventores municipales Luis G.A. y Juan Ramón G.C.; y un apoderado de Imesapi, José Antonio M.B. El juzgado decretó el archivo de esta causa, primero con respecto a los interventores y, posteriormente, con respecto a Vanessa, al concejal y al apoderado de la concesionaria. 

En referencia al edil de Participación Ciudadana, la magistrada señaló que no resultaba acreditado que tuviera conocimiento de los hechos supuestamente delictivos. Del mismo modo, decretó el sobreseimiento con respecto al apoderado de Imesapi, porque este no tenía poder de decisión sobre las contrataciones de personal en la empresa. 

En cuanto a la cuñada de Carmela Silva, la titular del juzgado de instrucción número 7 de Vigo decretó el archivo de la causa por la prescripción del supuesto delito por el que era investigada (tráfico de influencias). 

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