Absuelven al hombre que atropelló mortalmente a un motorista en O Salnés

El conductor del coche no tenía puntos en el carné, por lo que sí fue condenado, pero no por homicidio ▶ No pudo ver a la moto en un cruce
Helicóptero del 061. ARCHIVO
photo_camera El helicóptero del 061 acude en los accidentes más graves. ADP

A pesar de que estaba al volante tras haber perdido todos los puntos en el carné cuando causó el accidente que causó la muerte a un motorista, el Juzgado de lo Penal 3 de A Parda, primero, y la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, después, entienden que no se dieron las circunstancias para condenar al encausado por un delito de homicidio por imprudencia, dejando los hechos en un delito contra la seguridad vial por conducción sin permiso.

El fatal suceso que desembocó en el juicio se desarrolló en la carretera PO-548 que une Pontecesures con Vilagarcía de Arousa, a la altura del punto kilométrico 14,5. En ese lugar, el acusado, que conducía un Citroen C2 de su propiedad careciendo de seguro y de permiso para conducir tras haber perdido todos los puntos, "al realizar una maniobra permitida de cambio de dirección a la izquierda no respetó la prioridad de paso de la motocicleta Kymco conducida por su propietario, y colisionó fronto-lateralmente contra ella, provocando el fallecimiento del conductor de la motocicleta".

Las distintas compañías aseguradoras abonaron a los familiares de la víctima las correspondientes indemnizaciones. Sin embargo, tanto acusación particular como Fiscalía recurrieron el dictamen al entender que el procesado cometió un delito de homicidio por imprudencia, dadas las circunstancias en las que estaba al volante.

La Audiencia, sin embargo, entiende que, pese al fatal desenlace, el motorista no se halló en ningún momento en el campo visual del conductor, que, si bien infringía varias normas de circulación, su acción "no puede ser calificada de imprudencia constitutiva de delito". Tampoco entiende el juez que el hechos de conducir con presencia de drogas en su organismo, como señala la acusación, y el de hacerlo sin puntos en el carné, implican la calificación de lo ocurrido como homicidio imprudente. Las partes, sin embargo, pueden presentar un nuevo recurso, ahora ante el Tribunal Supremo.