Absuelven al individuo que transportaba droga en zapatillas 'caleteadas' en A Lama

Reconoció que llevaba coca bajo las plantillas ►El letrado de su pareja, Jorge Paladino, logró acreditar que no existían pruebas de que ella le hubiese entregado las sustancias en un vis a vis
Una imagen del juicio celebrado el mes pasado en Pontevedra. POOL MÓNICA PATXOT
photo_camera Una imagen del juicio celebrado el mes pasado en Pontevedra. POOL MÓNICA PATXOT
12 de abril de 2019. 16.30 horas. Juan M. P., interno en el centro penitenciario de A Lama, y su pareja, Sonia I. C., mantienen un vis a vis íntimo. A su conclusión, funcionarios del penal provincial cachean al preso y le hallan un compartimento bajo una de sus plantillas, en la zapatilla, en el que ocultaba dos gramos y medio de cocaína. Minutos más tarde, y después de observar que presentaba cuerpos extraños en la cavidad pélvica, fue trasladado a Montecelo. Llevaba otros 30 gramos de hachís en el ano. Con todos estos datos, la acusación acusó a ambos de un delito contra la salud pública al entender que ella le había entregado las sustancias en el encuentro. Su abogado, Jorge Paladino, consiguió acreditar la inexistencia de pruebas a tal efecto, lo que llevó a la Sección Cuarta de la Audiencia a dictar la libre absolución de ambos.

"No existe prueba de cargo que, más allá de toda duda razonable, sirva para entender enervada la presunción de inocencia que atañe a Sonia I.", explica el tribunal.

La acusada mantuvo en todo momento que no introdujo la droga en la prisión, y aseguró haber sido objeto de varios controles tanto en el exterior como en el interior del centro antes de contactar con su pareja. Si bien no pudo acreditar fehacientemente tales inspecciones, "tampoco resultaron contradichas", explica el juez. Solo el subdirector del penal provincial, Juan Carlos X., afirmó que la mujer pasó por un detector de metales antes de acceder al mismo, un control que fue "superado satisfactoriamente". Puede argumentarse que llevase la droga en su organismo, pero nada de eso fue probado en la sesión plenaria.

Sobre el origen de la mercancía incautada, Juan M.P. afirmó que la adquirió en la prisión "a un moro del módulo al que llaman Mohamed", y añadió que "lo guardé antes de salir de la celda".

En cuanto al acusado, su absolución se sustenta en que "la posesión de las sustancias quedó patente, pero no puede sostenerse que las mismas las portase el acusado con la intención de destinarlas al tráfico".

El juicio. "Al entrar me cacheó la Guardia Civil con perros"
La vista oral giró en torno a la posible carga probatoria en relación con los hechos que se juzgaban. El testimonio de los acusados, que se exponían a posibles penas de cinco años de cárcel en cada uno de los casos, apuntó en la misma dirección: ella aseguró que no introdujo nada en la cárcel y él reconoció que la droga era suya pero que la cogió en su celda antes del vis a vis.

La acusada argumentó que "al entrar me cacheó la Guardia Civil con perros y dentro me hicieron un segundo cacheo, y tampoco me encontraron nada".

En cuanto a su pareja, dijo justo lo contrario. "Al entrar no me hicieron ningún cacheo. Al salir, uno integral". Todo ello sirvió para que el tribunal entendiese que, con los datos existentes, no pudiese enervarse la presunción de inocencia.