Pontevedra, primera ciudad en limitar la velocidad a seis km/hora en el casco urbano

La nueva ordenanza de movilidad, que entrará en vigor en 15 días, establece zonas muy restringidas y obliga a bicis y patinetes a utilizar la calzada
En las pistas del rural de titularidad municipal sin aceras o arcenes de menos de 1,5 metros se limitará la velocidad a 10 km/hora. DP
photo_camera En las pistas del rural de titularidad municipal sin aceras o arcenes de menos de 1,5 metros se limitará la velocidad a 10 km/hora. DP

El peatón tendrá más prioridad que nunca en Pontevedra. La nueva ordenanza de movilidad, que entrará en vigor en 15 días, es la primera de España en limitar la circulación rodada a seis kilómetros por hora en las áreas de preferencia peatonal. Ningún vehículo con o sin motor, como coches, motos, bicicletas o patinetes, podrá superar esta velocidad en zonas con plataforma única. Esto incluye a todo el casco histórico y otras vías del centro, como O Gorgullón o Virxe do Camiño.

Para que la zona 6 entre en vigor será necesario instalar la correspondiente señalización de tráfico. La única excepción a esta norma serán las personas con movilidad reducida que vayan en silla de rueda u otros vehículos. Todas ellas tendrán la misma consideración que cualquier peatón.

El reglamento, cuya aprobación definitiva se publicó este jueves en el Boletín Oficial de la Provincia, irá acompañado de una campaña informativa. Así lo recordó el alcalde, Miguel Anxo Fernández Lores, que aseguró que el objetivo es que "todo o mundo saiba cal é a normativa vixente" y no el de poner multas. "Nós non nos caracterizamos por perseguir á xente", dijo.

El regidor del BNG recordó que los cambios en la movilidad realizados en Pontevedra han contado con el apoyo mayoritario de la ciudadanía. Y reconoció que, en caso de que haya "incumplimientos flagrantes, se tomarán as medidas" necesarias para que la ordenanza se cumpla. En caso de no hacerlo, los infractores se exponen a sanciones económicas que van desde 200 a 500 euros, según la gravedad.

BICIS Y PATINETES. La normativa municipal pone por primera vez el foco en las nuevas formas de transporte. Sobre todo para evitar situaciones de riesgo para el peatón. Las bicicletas y los vehículos de movilidad personal deberán circular por la calzada y no por la acera. También podrán hacerlo en áreas de coexistencia, como plataformas únicas, pero adaptándose siempre a la velocidad de los viandantes. Esta directriz también se aplicará a ciclos y otros vehículos en régimen de alquiler.

Los patinetes eléctricos solo podrán ser utilizados por mayores de 15 años y en carreteras con una velocidad igual o inferior a 30 kilómetros por hora. Por lo tanto, no podrán transitar en los viales del término municipal con límites superiores para prevenir accidentes.

Los menores de 12 años podrán emplear sus bicicletas, patines y vehículos recreativos en el espacio público casi sin ninguna restricción. Podrán ir por las aceras siempre y cuando no importunen a los viandantes.

RURAL. Otro de los aspectos de la ordenanza de movilidad pone el foco en las 15 parroquias de Pontevedra. Las pistas del rural que sean de titularidad municipal tendrán prioridad peatonal. En la práctica, supondrá que los vehículos deban extremar las precauciones.

En caso de que las vías no tengan aceras y los arcenes sean de menos de 1,5 metros, los conductores deberán moderar su velocidad a diez kilómetros por hora.

ESTACIONAMIENTOS. Aparcar en las aceras estará prohibido. Y se perseguirá para evitar daños en estos elementos de la reforma urbana. El reglamento pontevedrés establece además que las personas que transporten algún bulto, a personas enfermas o con diversidad funcional podrán parar de forma excepcional en la calzada. Eso sí, por un máximo de dos minutos para no interrumpir la circulación.

La norma también señala que en las áreas de coexistencia, como el casco viejo o las zonas con plataforma única, se podrá estacionar en cualquier sitio al no haber plazas delimitadas. Será por un tiempo máximo de diez minutos. En zonas de servicio se mantendrá el límite de 15 minutos y media hora para las de carga y descarga.

La ordenanza recoge, asimismo, que ningún vehículo podrá permanecer en la vía pública durante más de un mes. Los estacionamientos reservados para personas con movilidad reducida se limitarán a 24 horas en zonas residenciales y a períodos inferiores en las áreas próximas a equipamientos para fomentar su rotación.

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