Abanca tendrá que devolver 200.250 euros a dos vecinos de Lalín

La sentencia expone que la entidad debería haber exigido un aval al promotor de un edificio que no llegó a finalizar
Audiencia Provincial de A Coruña. AEP
photo_camera Audiencia Provincial de A Coruña. AEP

Abanca tendrá que devolver un total de 200.250 euros a dos vecinos de Lalín, porque así lo dictaminaron la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña y el Xulgado de Primera Instancia número 2 de la capital de Deza. En el primer caso la cantidad es de 80.250 más los intereses, por que la cifra asciende a 118.000 euros, y la sentencia es firme. En el segundo son 120.000, también con los intereses, pero este fallo está pendiente de un recurso.

Los demandantes compraron una vivienda a una promotora, en los años 2006 y 2007, por las que anticiparon 80.250 y 120.000 euros. En ambos casos la entidad bancaria no presentó el aval que exige la ley. La construcción de las viviendas no finalizó al entrar la promotora en concurso de acreedores y su entrega no fue viable. Además, sobre las mismas pesaba una carga hipotecaria con la entidad bancaria.

En 2009, uno de los demandantes accede a comprar otra vivienda de la misma promoción y en 2012 firma un documento privado por el que pasa a ocupar una un piso en alquiler, sin pagar renta ni ser su propietario.

Las dos sentencias tienen en común que estiman que la Lei 58/68 obliga tanto a los promotores inmobiliarios como a las entidades de crédito, porque siendo conocedora la segunda de los abonos a cuenta, no exigió un aval al promotor.

Además, la responsabilidad que corresponde a Abanca también se deriva de que no es ajena a la relación establecida entre el comprador y la promotora, y debería haberse asegurado de que la cumpliese sus obligaciones.

Ambos casos estuvieron a cargo del despacho de abogados Xoán Antón Pérez-Lema.

Comentarios