Teresa Rodríguez pide una condena por abuso sexual al empresario que simuló besarla 

La parlamentaria de Adelante Andalucía ha indicado que se sintió "humillada y avergonzada" 
La coordinadora de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez, durante el juicio contra el empresario Manuel Muñoz Medina. RAÚL CARO (EFE)
photo_camera La coordinadora de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez, durante el juicio contra el empresario Manuel Muñoz Medina. RAÚL CARO (EFE)

La representación legal de la coordinadora general de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez, ha añadido la opción de condenar por un delito de abuso sexual en su acusación contra el empresario y exvocal de la Cámara de Comercio de Sevilla Manuel Muñoz Medina, quien el 20 de diciembre de 2016 en la sede de la entidad sevillana, cuando se dirigió a la dirigente política y simuló besarla. 

Tras el visionado de un vídeo de seguridad que recoge los hechos, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, encargada de enjuiciar este jueves a Muñoz Medina, ha planteado a las partes si quieren modificar sus reclamaciones al considerar la posibilidad de que podría haber un delito contra la libertad sexual. 

Así, durante un receso, el representante legal de Teresa Rodríguez, Luis de los Santos, ha contactado con su patrocinada y ha decidido variar su escrito de acusación. 

De ese modo, vuelve a atribuir para el empresario un delito contra la integridad moral, aumentando su petición inicial de seis meses de cárcel a nueve meses, y un delito de atentado, por el que pide un año de cárcel y el pago de una multa de 7.200 euros por un delito de atentado a la autoridad. 

Además, de manera alternativa, ha planteado que se le condene, en lugar de un delito contra integridad moral, a un delito de abuso sexual por el que solicita una pena de un año de prisión e, igualmente, una multa de 7.200 euros. 

Por otro lado, la representante de Fiscalía ha elevado a definitiva su escrito de acusación previo en el que solicita para el empresario un año de cárcel y una multa de cuatro meses con cuota diaria de diez euros (1.200 euros) por un delito de atentado a la autoridad y nueve meses de prisión por un delito contra la integridad moral, así como el pago de una indemnización de 6.500 euros por los "perjuicios personales" causados a Teresa Rodríguez. Por su parte, el abogado del empresario ha solicitado la libre absolución al entender que no ha cometido ningún delito y que todo se trata de un acto "desafortunado".

EL EMPRESARIO NIEGA QUE LA TOCARA. De otro lado, Muñoz Medina, durante su declaración en la vista oral, ha negado que arrinconara a la dirigente política así como que tuviera contacto físico con ella. 

En ese sentido, el empresario ha indicado que el día de autos acudió a la sede de la Cámara de Comercio con motivo de la celebración de un pleno de la entidad y la celebración de una copa para celebrar las fiestas navideñas, al tiempo que ha aseverado que desconocía que en la planta baja del edificio se celebrase un acto a la que acudió como invitada, entre otras autoridades Teresa Rodríguez, en su condición de miembro del Parlamento de Andalucía por la formación Podemos Andalucía de la que, entonces, era portavoz. 

En esa línea, ha señalado que desconocía que Rodríguez, de quien ha subrayado que conocía su condición de parlamentaria por los medios de comunicación, estuviera en la sede y que, "tras haberles presentado el presidente de la Cámara", el simuló besarla con un beso en su propia mano puesto cerca de su boca "desde una distancia" y sin que "mediara contacto" porque es una forma de saludar "que suele hacer". Así, ha subrayado que la parlamentaria no reaccionó y que se marchó de allí "con normalidad" sin que realizara "gesto alguno" de desaprobación. 

Con todo, Muñoz Medina ha recalcado que "nunca" en su doce años como miembro de la Cámara de Comercio ni en sus 35 años como empresario ha tenido "problema alguno" con ninguna mujer. Así, ha indicado que los hechos por lo que ha sido juzgado constituyen una "broma de mal gusto" y un acto "espontáneo" y pide perdón a Teresa Rodríguez si ésta se ha sentido "molesta".

"ME ABORDÓ REPENTINAMENTE". Por su parte, la dirigente de Podemos Andalucía ha aseverado que el acusado la "arrinconó" tras "abordarla repentinamente" justo cuando salía del despacho del presidente de la Cámara, quien la invitó a conocer el recinto, y que puso una mano en la nuca mientras que con la otra "la amordazó" la boca y simuló el beso. 

Seguidamente, Rodríguez ha apuntado que al estar en un ambiente en el que "no conocía" ni el lugar ni las personas que se encontraban allí enmarcado en una atmósfera institucional no pudo "reaccionar como le hubiera gustado" y se quedó "bloqueada". 

De esta manera, la parlamentaria de Adelante Andalucía, ha indicado que tras la actuación del empresario se sintió "humillada, avergonzada" llegando a tener "miedo" porque vio que los testigos presenciales reaccionaron "de manera condescendiente" ante un ambiente que pasó "de formal a grotesco". 

Por otra parte, Rodríguez ha indicado que fruto de este incidente, que fue "banalizado" por el presidente de la Cámara quien le presentó al acusado en el momento de los hechos señalando "cuidado que Manuel es capaz de venderte un ropero", ha sufrido un "menoscabo grave" en su integridad moral y que la "frustración e indignación" le "impidió" dormir aquella noche. 

A la salida de la Audiencia, la dirigente de la formación morada, en declaraciones a los periodistas, se ha mostrado "satisfecha" con la declaración porque, a pesar de que un juicio "no es plato de buen gusto", considera que era su "obligación estar". 

Por ello, ha insistido en lanzar a la sociedad "un mensaje de que arrinconar a una mujer, ponerle la mano en la boca, simular que se la besa y humillarla delante de otras personas son agresiones que están tipificadas en el Código Penal".

"ATAQUE POR SER MUJER". Finalmente, en la lectura de sus conclusiones, la Fiscalía ha indicado que los hechos constituyen un delito de atentado a la autoridad y un delito contra la integridad moral al apuntar que si bien el acusado no quería incurrir en un dolo "arremete" contra una autoridad pública como Teresa Rodríguez y le somete a una "sensación incómoda" que vulnera su integridad moral. Por otra parte, el Ministerio Público descarta que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de abuso sexual al entender que no existe "ánimo libidinoso". 

De su lado, la acusación particular que ejerce la dirigente política, señala que existe atentado ya que si bien Muñoz Medina no busca ese objetivo, mediante "dolo secundario" aborda "de manera intempestiva" y mantiene contacto físico a Teresa Rodríguez. 

Con respecto al delito contra la integridad moral, el abogado Luis de los Santos ha asegurado que éste existe porque su representada "no puede entender" que sea persona conocida o no tenga que "sufrir" acciones motivadas "por su condición de mujer" que le hagan sentir "humillación y vergüenza". Igualmente, defiende la existencia de un delito de abuso sexual porque el acusado "sin consentimiento" realiza una conducta "claramente" sexual como es simular un beso con "ánimo lúbrico". 

Finalmente, el abogado de Muñoz Medina, José Manuel García-Quílez, ha pedido la absolución de su patrocinado en base a "que el vídeo muestra claramente que no hay delito alguno" así como que las declaraciones de los testigos indican que "no consta" que haya contacto físico. 

En concreto, ha pedido al tribunal que "no permita" que Teresa Rodríguez use este juicio para "fines políticos" y que la sentencia "se ajuste a fundamentos de Derecho" y "no sea un castigo social". Así, ha indicado que no existe atentado a la autoridad porque "no concurre" violencia o intimidación cuando Muñoz Medina aborda a la parlamentaria y duda que exista delitos de abusos sexuales o contra la integridad moral toda vez que su cliente "se encontraba dentro de un ambiente festivo con más de 30 personas en las proximidades". 

Por último, el letrado de la defensa se ha dirigido a una magistrada del tribunal y le ha recordado que tiempo ha no condenó como abuso sexual, aunque sí como vejaciones, un caso en el que un profesor besó dos veces a una alumna menor de 14 años por lo que "no cabe tipificar de abuso sexual una simulación de beso". 

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