Otro defecto formal pone en riesgo un nuevo macrocaso en Lugo

La vista previa celebrada el 4 de diciembre (Foto: PEPE TEJERO)
photo_camera La vista previa celebrada el 4 de diciembre (Foto: PEPE TEJERO)

Otro macrocausa de las que se están tramitando en los juzgados de Lugo sufrió un duro golpe este miércoles, al acordar la Audiencia Provincial la anulación de las escuchas telefónicas llevadas a cabo en la operación Enola Gay y, en consecuencia, la de todas las pruebas obtenidas a través de ellas.

El caso Enola Gay es uno de los mayores golpes al tráfico de drogas dado en Lugo. La operación fue llevada a cabo entre abril y diciembre del año 2005 y se saldó con veintidós detenidos. A comienzos de este mes de diciembre, la Audiencia Provincial acogió una vista previa en la que los abogados defensores solicitaron la nulidad del procedimiento en base a la teoría del fruto del árbol envenenado. Es la misma teoría que obligó a anular en los últimos meses el caso Rey (investigación por presuntas irregularidades en la adjudicación de obras en Castro de Rei) y el de las multas (tráfico de influencias para anular sanciones de tráfico).

Este miércoles, la Audiencia Provincial dio a conocer su fallo. A diferencia de los otros dos precedentes, esta vez no se anula el caso, sino solo las escuchas y las pruebas obtenidas a través de esos pinchazos telefónicos. El juicio, por tanto, tendrá que celebrarse sin una parte que los investigadores consideraron fundamental. La fecha de la vista, casi diez años después, aún no está fijada. Cinco personas están acusadas de un delito de tráfico de drogas.

En su fallo, la Audiencia señala enormes irregularidades en la obtención de las escuchas: por ejemplo, en algunas no figura la obligatoria diligencia en la que el secretario judicial hace constar que lo incorporado al sumario es lo efectivamente grabado. "Además, se observa que ni siquiera constan incorporados a la causa los CDs de las transcripciones policiales", añade en su fallo la Audiencia. "Tales tamañas irregularidades, de lo que se deriva no solo la falta de un control riguroso, sino mismo de control alguno, que por otra parte eran reconocidas por el Ministerio Fiscal, como garante de la legalidad, han de llevar, ineludiblemente, a declarar la nulidad de las escuchas telefónicas, y las pruebas que de ellas se deriven", expone el auto.

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