Opinión

Nasciturus

NO ES fácil enfrentarse a un tema como el que aquí voy a comentar sin herir susceptibilidades. Vaya por delante mi posición de respeto a las demás opiniones, así como espero que respeten la mía ya que, en un tema tan delicado e íntimo como este, existen tantas opiniones como personas.

Esta semana asistíamos en España al inicio del trámite parlamentario de la proposición de ley presentada por el Grupo Popular en el Congreso de los Diputados, para modificar parcialmente el texto de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, como consecuencia, las menores de edad de 16 y 17 años, no podrán abortar sin el consentimiento de los titulares de su patria potestad.

Pues me parece muy bien y además una lección de lógica porque veamos, si una joven por ley, no puede comprar tabaco ni alcohol, es decir, se le considera no madura para ello, ¿cómo por ley sí puede tomar por si sola una de las decisiones más complicadas de su existencia como lo es, el acabar con la vida del nasciturus?

Nasciturus, significa el que va a nacer, y desde un punto de vista jurídico, lo es el feto desde el momento de la concepción hasta su separación total de la madre con el corte del cordón umbilical. Nuestro Derecho Civil en España, concede al nasciturus, determinados derechos tanto hereditarios como la posibilidad de ser beneficiario o destinatario en alguna donación. Por ejemplo, cuando muere una persona, si tuviese un hijo concebido pero aun no nacido, se le considerará heredero.

Entonces, yo me pregunto, si el ordenamiento jurídico español confiere esa especial protección al concebido no nacido, y le otorga la personalidad jurídica para todos los efectos que le fueran favorables llegando a simular que ya ha nacido para reconocérselos, ¿en qué cabeza cabe que estemos poniendo en tela de juicio otros derechos, como el más básico de todos que es el derecho a la vida?

Yo me declaro a favor de la vida por encima de todo, y en especial de “ese alguien” indefenso, un tertium respecto de la madre con la que se relaciona, pero voy a intentar ser lo más aséptica posible para que cada uno se haga su propia opinión, es lo correcto.

La terminología jurídica que diferencia entre aborto y homicidio, lo hace simplemente una cuestión de vocablos, ya que el homicidio consiste en causar la muerte a una persona con la voluntad o la intención de hacerlo y el aborto consiste en causar la muerte de un feto de forma intencionada. Entonces, ¿la única diferencia es terminológica?, porque si es así, hay que acudir al Código Civil, en concreto a sus artículos 29 y 30, mediante los cuales se le reconoce al nasciturus (que ya de ser en ese momento), la personalidad civil y todo lo que ello conlleva, es decir para entendernos. Ya tiene la condición de persona. Es desde ese momento (legalmente hablando), cuando además del amparo del código Civil, es protegido por Constitución Española que en su artículo 15 manifiesta que todos tienen derecho a la vida, y define la vida como derecho fundamental.

No es fácil darle forma a todo esto, a ver. Si me siento en la silla de jurista tendría dudas, muchas dudas; si me siento en la de un legislador de un régimen democrático las tendría aun más, si me siento en la de un gobernante democrático irían mermando y, si me siento en la mía no tengo prácticamente alguna.

Dicho todo esto, a los juristas les pediría que huyan de circunloquios y sean mucho más estrictos y explícitos en las definiciones terminológicas ya que son la base sobre la que se construye nuestro ordenamiento jurídico; que es a su vez, el fundamento sobre el que trabajan los legisladores a los que le pediría más sentido común y responsabilidad a todo aquello que conforma nuestro sistema político, y a los gobernantes que aplican estos códigos y leyes, más respeto y seriedad; porque yo, aun con mi opinión personal, si me siento de nuevo en la silla de un gobernante, debo de tener presente que tengo el deber de gobernar para todas y todos, aunque no piensen como yo, ni me hayan votado. Mi deber es respetar sus opiniones y negociar una convivencia pacífica, eso sí, delimitando unos mínimos y máximos infranqueables, sobre todo, cuando se legisla sobre un derecho fundamental como es de la vida, también la vida del nasciturus. Eso es la base de la democracia.

No se trata de ser o no ser partidario del aborto. Situarse sin más en cualquiera de estas posturas implicarían tomar partido por algo respecto de lo cual es perfectamente admisible defender lo contrario y yo, soy partidaria de demostrar por qué provocar un aborto es un acto que afecta o repercute en la vida humana y que representa un acto contrario a la Ley Natural, como también lo soy de razonar. Por ello no juzgo ni condeno a nadie, no soy quien y no es mi estilo practicar el fundamentalismo.

Soy católica practicante, y como tal debo hacer del diálogo mi arma, pero no como estrategia, sino como testimonio de Fe. Quizá les parezca incongruente lo que digo, pero no lo es y, en ese sentido me han ayudado mucho el estudiar e internalizar las lecturas de Habermas, Gadamer, Buber, Levinas y Popper, sin olvidarme de mi adorado Platón; aunque hay otra enseñanza preciosa al respecto, y que parece que no ha hecho carne en la Fe: la encíclica Ecclesiam suam de Pablo VI.

Por todo esto tenemos que ser reflexivos, no todo es blanco y negro y hay que enfocar nuestro parlamento a la búsqueda de la mejor de las soluciones en una situación más que complicada para una mujer. Y aunque hay comentarios que demonizan a las mujeres que han practicado el aborto, les puedo asegurar que no es plato de buen gusto para ninguna de ellas. Conozco de cerca algunas experiencias y les puedo asegurar, que cuando toman esa decisión es duro, durísimo y, en la práctica totalidad de los casos, quedan secuelas imborrables para la mujer.

Yo sigo abogando por la verdadera convivencia pacífica que siempre debe comenzar con la comprensión del otro a través del diálogo concomitante. Propongo con toda humildad, el necesario análisis de opciones y planteamientos contrapuestos y, lo que sí exigiría de los poderes públicos es, una actuación mucho más decidida a la hora de legislar y elaborar políticas de información y actuación para prevenir la concepción no deseada, para apoyar en situaciones de duda y desamparo a la mujer, así como proteger el derecho a la salud si no se opta por seguir adelante con un embarazo.

No obstante, con las mejor de las intenciones hago una propuesta y, para mí, la mejor de las actuaciones públicas y sociales, será aquella que nos evite situaciones como ésta de debate sobre la vida del nasciturus.

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