La Audiencia de Pontevedra envía a prisión a un hombre por agredir sexualmente a la hija de su pareja, de 13 años

Las juezas consideran el relato de la víctima sobre el abuso, cometido en un garaje, "firme" y "sin contradicciones"

La Audiencia Provincial de Pontevedra. DAVID FREIRE (ADP)
La Audiencia Provincial de Pontevedra. DAVID FREIRE (ADP)

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre que agredió sexualmente a una menor de 13 años, hermana de su pareja. El tribunal ha impuesto al acusado una pena de seis años de prisión y cinco de libertad vigilada por unos hechos que tuvieron lugar en mayo de 2021 en un garaje, según ha informado este lunes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

El caso, que se inició mediante diligencias en un juzgado de Ponteareas, ha culminado con esta sentencia que destaca como agravante el retraso en el desarrollo madurativo que presentaba la víctima.

Las magistradas de la sección cuarta de la Audiencia han valorado especialmente el testimonio de la menor, quien contaba con 17 años en el momento del juicio oral, calificándolo como "firme, sin contradicciones ni ambigüedades".

Según la resolución judicial, la declaración de la adolescente ha sido considerada "altamente verosímil y creíble" al narrar con claridad y detalles precisos los hechos ocurridos hace cuatro años. El tribunal ha destacado que la joven incluso reconoció durante su testimonio algunos extremos que favorecían la posición del acusado, lo que refuerza la credibilidad de su relato.

Las pruebas determinantes en la condena

La sentencia señala que el testimonio de la víctima no fue el único elemento probatorio que llevó a la condena. Las magistradas han valorado numerosas pruebas objetivas periféricas que corroboran la versión de la menor y le aportan consistencia al relato. Entre estas evidencias destacan las fotografías que la víctima envió al condenado y que fueron incorporadas a la causa judicial.

De especial relevancia resultaron los mensajes intercambiados entre ambos a través de diversas plataformas de comunicación digital como Instagram, Telegram y WhatsApp. En estos mensajes, según recoge la sentencia, el procesado se dirigía a la adolescente de 13 años con términos como "bebé" o "amor", evidenciando una relación inapropiada con la menor.

Los informes periciales aportados durante el proceso también jugaron un papel fundamental en la resolución, ya que otorgaron credibilidad al relato ofrecido por la víctima y permitieron al tribunal formarse una convicción firme sobre los hechos denunciados.

Sanciones impuestas al agresor sexual

La condena va más allá de los seis años de prisión y establece diversas medidas adicionales de protección para la víctima y de restricción para el condenado. Entre ellas, el tribunal ha impuesto una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la menor durante un período que supera en diez años la duración de la pena de prisión.

Además, el hombre quedará inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto directo con menores de edad. Esta inhabilitación se extenderá durante un tiempo superior en cinco años al periodo que permanezca encarcelado, lo que supone una medida preventiva para proteger a otros posibles menores vulnerables.

En concepto de responsabilidad civil, el tribunal ha establecido una indemnización de 7.500 euros que el condenado deberá abonar a la víctima por los daños morales causados. La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el TSXG.